Publicada el 19/07/2023
Nueva versión del protocolo SAE para exportación
Grupo ACMS Consultores informa que el pasado 11 de julio de 2023 se hizo pública la versión 4 del protocolo SAE .
Se trata de una nueva revisión del "Protocolo para la certificación de sistemas de autocontrol específicos para la exportación a países terceros con requisitos diferentes a los intracomunitarios [pr-exp rev.4 ccve (01/07/2023)]", que entrará en vigor el 1 de febrero de 2024.
Esto implica que hasta el 31 de enero de 2023, incluido, las auditorías podrán realizarse de acuerdo con la Rev.3 del protocolo.
Para más información puede descargar la Rev.4 en este link del MAPA.
El Ministerio también ha publicado, y está disponible accediendo en el mismo link, una nota explicando las principales novedades introducidas en esta versión. A mayores, como en anteriores cambios, el propio protocolo incluye una tabla especificando los cambios producidos en cada apartado
Exponemos, a continuación, los principales cambios:
1. Cambios que afectan directamente al sistema de gestión de las empresas.
- Inclusión de parte de los requisitos que se consideraban como “SALUD PUBLICA” en una nueva categoría de “ámbito de atestación”, llamada SP-AUTOCONTROL. Estos requisitos deben integrarse en las fichas de especificaciones de cada empresa y justificar su cumplimiento de acuerdo con las indicaciones del Anexo 4 “Elaboración de fichas de especificaciones sanitarias del producto”.
- Revisión de los criterios para realizar autoprecintado de grupajes e integración en el PREXP Rev.4 de la antigua nota sobre autoprecintado, como Anexo 8 “PROCEDIMIENTO DE AUTOPRECINTADO”.
2. Cambios que afectan a las oic y/o proceso de auditoría.
- Control por el OIC de las sustituciones de certificados de exportación solicitadas por los establecimientos con SAE exportadores, y los motivos que las han originado.
- Control de la autorización por los terceros países de los establecimientos auditados y sus proveedores (según sea exigible) teniendo en cuenta además las actividades autorizadas por el tercer país.
- Se regula la realización de determinadas actividades de auditoría en modalidad remota.
- Revisión tiempos mínimos de auditorías.
- Revisión valoración general NC (se hace más flexible).
- Revisión de los criterios de la antigua nota interpretativa nº 1(que se incluye ahora como ANEXO 9. “CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA LA VALORACION DE NO CONFORMIDADES”), que se hacen más estrictos que en la Rev.3
- Se introduce la figura de “Suspensión temporal de certificación”.
- Mejoras en el procedimiento de transferencia del certificado
En Grupo ACMS Consultores nos avalan más de 25 años de experiencia. Compruebe cómo afecta a su establecimiento y si lo considera necesario llámenos para ayudarle a realizar los ajustes necesarios en su sistema con suficiente antelación.
Fuente: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación