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Resolución Licencia Previa
La AEMPS dispone de un plazo de 3 meses para resolver y comunicar su decisión al interesado, a contar desde que la solicitud y la documentación que la acompaña hayan tenido entrada en su registro general.No obstante, la solicitud del informe de inspección a las Áreas de Sanidad suspenderá por un plazo máximo de tres meses la tramitación del procedimiento. De igual manera, los plazos podrán quedar suspendidos cuando la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) solicite al interesado documentación complementaria, en ese caso, el procedimiento se paralizará, entre el día siguiente a la recepción del requerimiento y la remisión a la AEMPS de la documentación por el interesado.
Una vez agotados los plazos sin que se hubiera recibido la resolución de la AEMPS, el interesado entenderá la licencia concedida. Ello no exime a la AEMPS, no obstante, de emitir la correspondiente resolución.
Si desea más información sobre Licencia Previa
LICENCIA PREVIA FUNCIONAMIENTO PRODUCTO SANITARIO
LICENCIA PREVIA IMPORTACIÓN PRODUCTO SANITARIO
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