Publicada el 14/06/2019
Nuevo Criterio Técnico sobre el registro de jornada
Grupo ACMS les informa que el 13 de mayo entró en vigor la obligación de registro horario en centros de trabajo y empresas de toda España.
Se recoge en el Real Decreto-Ley 8/2019 en relación con las disposiciones sobre el registro de jornada, recogidas en el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores.
La misión de este Real Decreto-Ley 8/2019 es garantizar en primer lugar, el cumplimiento de los límites en materia de jornada, en segundo lugar intentar realizar un control horario e intentar vigilar las horas extra no pagadas o fraudulentas y controlar el llamado absentismo laboral.
El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha colgado en su web oficial una Guía sobre el Registro de Jornada, que es un texto informativo que pretende aclarar algunos aspectos de las disposiciones, y acaba de publicar el Criterio Técnico de la inspección de trabajo sobre el control de la jornada
Grupo ACMS Consultores le informa de los puntos más importantes a estudiar sobre esta materia:
- Contenido del registro jornada. Artículo 34 ET
- Conservación del registro de jornada. Artículo 39 ET
- Régimen sancionador. Artículo 34.9 ET
DESCARGAR PDF REAL DECRETO-LEY 8/2019
- A raíz de todos estos cambios, la Instrucción 1/2017, complementaria a la Instrucción 3/2016, sobre intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias queda sin efecto