Publicada el 11/11/2020
Ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión
Grupo ACMS Consultores informa que ya está abierto el plazo para solicitar ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión en PYMES de la Comunidad de Madrid. El periodo se inició el 24 de octubre y finalizará el 30 de abril de 2023.
Estas ayudas son concesiones directas para promover las implantaciones de sistemas voluntarios de gestión y así, que las medianas y pequeñas empresas puedan potenciar el desarrollo de su actividad productiva.
Recomendamos leer los criterios recogidos en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 para conocer que empresa se considera PYME.
BENEFICIARIOS
- Pymes, con al menos un centro de trabajo en la CAM
- Únicamente podrán beneficiarse de la línea de subvenciones.
- UNE EN ISO 9001, ISO 14001, EMAS, ISO 27001, ISO 22000:
SECCIÓN B. Industria extractiva.
SECCIÓN C. Industrias manufactureras.
SECCIÓN D. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
SECCIÓN G, división 45.02 Mantenimiento y reparación de vehículos a motor
SECCIÓN G división 45.4 Mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios.
SECCIÓN H, división 52 Almacenamiento y actividades anexas al transporte (excepto la clase 52.24 manipulación de mercancías).
SECCIÓN M, divisiones 71 y 72 Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería, ensayos y análisis técnicos; investigación y desarrollo.
- ISO 45001:
las Pymes que lleven a cabo trabajos en minas, canteras y túneles que exijan la aplicación de técnica minera, así como todos aquellos que impliquen utilización de explosivos.
- ISO 50001:
Excepto los CNAE de 07 a 11; de 13 a 33 y de 35 a 39.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
UNE EN ISO 9001
UNE-EN ISO 14001
EMAS
UNE EN ISO 50001
UNE EN ISO 45001
UNE EN 9100
UNE EN 9120
UNE-ISO/TS 22163
UNE-EN 15085-2
UNE 22480
UNE-EN ISO/IEC 27001
UNE-EN ISO 22000
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Asesoramiento externo
- Auditoría previa implantación
- Implantación del sistema, incluyendo formación, equipos a medida etc.
- Certificación por una entidad acreditada.
CUANTÍA SUBVENCIONABLE
- Carácter general del 30 %
- Fundaciones sin ánimo de lucro 40%
- Pymes cuyo establecimiento productivo se encuentre en municipios de menos de 2500 hab 40%.
- Límite máximo de las ayudas 10 000 €, por sistema de gestión.
SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
- Se pueden presentar hasta el 30 de abril de 2023.
- Las solicitudes deben ser presentadas por el solicitante OBLIGATORIAMENTE DE FORMA TELEMÁTICA.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- SOLICITUD CUMPLIMENTADA
- NIF solicitante
- Declaración responsable de condición de pyme.
- Certificado del registro mercantil o escrituras (en caso de oponerse a que la CAM verifique su consulta).
- Escrituras que acrediten el poder el solicitante.
- NIF entidad (en caso de oponerse a que la CAM lo verifique).
- Certificados acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Alta IAE (en caso de opción a la verificación).
- Ofertas de proveedores (si supera 15000 €, presentar 3 ofertas).
- Memoria descript-BLOCK-iva.
RESOLUCIÓN
NORMATIVA APLICABLE
- Orden de 19 de octubre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se hace pública la declaración del crédito presupuestario disponible para financiar las ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión en pymes de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 264, de 29 de octubre)
- Acuerdo de 14 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión en Pymes de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 258, de 23 de octubre).
Fuente: madrid.org