Reglamento (CE) 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 sobre los Productos Cosméticos
Consideraciones generales del Reglamento 1223/2009 Productos Cosméticos
Grupo ACMS Consultores considera importantes los siguientes puntos:
En el comercio al por mayor como minorista, las personas jurídicas y físicas en el caso de vender directamente al consumidor, se rigen por la referencia al distribuidor. Es por ello, que todas las obligaciones que tiene el distribuidor tienen que acomodarse al papel y a la parte de la actividad de cada ejecutante.
Los datos sobre la composición del producto deben estar disponible en los centros toxicológicos y entidades similares para hacer más eficaz un tratamiento médico, si hubiese dificultades
Alcance del Reglamento 1223/2009 Productos Cosméticos
El Reglamento 1223/2009 Productos Cosméticos concilia la normativa comunitaria con el objeto de conseguir un mercado interior para los productos cosméticos, donde se garantice a la vez un alto grado de protección de la salud humana.
El Reglamento Productos Cosméticos está dirigido únicamente Productos Cosméticos. No está orientado a Medicamentos ni productos sanitarios ni a Biocidas.