Preguntas Frecuentes | Seguridad Información | Esquema Nacional de Seguridad
¿Cual es el ámbito de aplicación del Esquema Nacional de Seguridad?
Ámbito de aplicación del Esquema Nacional de Seguridad
El Esquema nacional de seguridad se aplicará en el ámbito de Administraciones públicas y proveedores en sus relaciones con dichas Administraciones y el de las relaciones entre ellas según establece el artículo 2 Ley 11/2007.
Exclusiones del ámbito de aplicación
Queda excluido de su ámbito de aplicación los sistemas que tratan información clasificada recogida en la Ley 9/1968 de 5 de abril, de Secretos Oficiales y sus normas de desarrollo de la Agencia Española de Protección de Datos y del Consejo de Estado.Regulación del Esquema Nacional
El artículo 42 de la Ley 11/2007 de 22 Junio regula el Esquema Nacional de Seguridad aprobado a través del Real Decreto 3/2010, 8 de enero (BOE de 29 de enero)
Madrid
C/Campezo 3, nave 5 - 28022 Madrid - (+34) 91 375 06 80
Burgos
Edificio Centro de Empresas, 73 - 09007 Burgos - (+34) 947 041 645
Barcelona
C/ Plaça Universitat 3 - 08007 Barcelona - (+34) 93 013 19 49
Málaga
C/ Alejandro Dumas 17, 29004 Málaga - (+34) 95 113 69 04