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Regulación de igualdad retributiva y planes de igualdad
Publicada el 12/08/2020
Igualdad retributiva y planes de igualdad
El ministerio de Trabajo y Economía Social y el ministerio de Igualdad han suscrito con los sindicatos CCOO y UGT, sin la rúbrica de la patronal que participó en las negociaciones el "Acuerdo para el Desarrollo de la Igualdad Efectiva entre Hombres y Mujeres en el Trabajo".
El documento establece dos reglamentos, el de Igualdad Retributiva y el de Planes de Igualdad desarrollando el articulado del Real Decreto Ley 6/2019. El decreto con el reglamento para la igualdad retributiva entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una vez aprobado por el Consejo de Ministros,
Los planes de igualdad comenzarán a ser obligatorios en empresas con más de 50 empleados. Se establece un periodo de entre uno y tres años, según el tamaño de la empresa, para iniciar la primera auditoría salarial que será obligatoria con la entrada en vigor del reglamento para la igualdad retributiva.
- Las empresas de entre 150 y 250 personas trabajadores cuentan con 1 año para completar la auditoría salarial.
- Las empresas de entre 100 y 150 hasta 2 años
- Las de 50 a 100 hasta 3 años.
El reglamento subraya el interés de realizar una óptima valoración de los puestos de trabajo para que realmente se aplique la igualdad de género.
Grupo ACMS Consultores está especializado en implementar el Plan de Igualdad en las empresas. Consúltenos si necesita asesoramiento. Estamos a su disposición para cualquier ayuda que podamos facilitarle.
Fuente: El Economista
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