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Ayudas para el Fomento de la Responsabilidad Social - Madrid
Publicada el 20/09/2022
Ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral en la Comunidad de Madrid
Grupo ACMS Consultores informa que la Comunidad de Madrid ofrece ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral, mediante actuaciones concretas puestas en marcha para los trabajadores autónomos y las pequeñas empresas, y además pretende promover la efectiva conciliación en el ámbito laboral de las personas trabajadoras, en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa, mediante medidas de conciliación que flexibilicen la jornada y el horario del trabajo.
El programa tendrá dos líneas de actuación:
- Implantación de la responsabilidad social en los autónomos y en las pequeñas empresas
- Conciliación de la vida laboral, familiar y personal a través de incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria.
Las solicitudes de las distintas líneas deberán formalizarse por separado y el plazo es de 3 meses desde que se realice la actividad subvencionable.
Serán objeto de subvención la obtención o renovación de certificaciones de normas o estándares en el ámbito de la responsabilidad social, tales como la Norma SA 8000, la Certificación IQNet SR10, la Certificación SG21, EFR (conciliación), u otras equivalentes.
- Los trabajadores autónomos o por cuenta propia, dados de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, sean o no a su vez miembros de sociedades civiles, de comunidades de bienes o socios de sociedades mercantiles.
- Las pequeñas empresas, así como las sociedades civiles con personalidad jurídica de hasta 50 trabajadores y un volumen de negocio y balance general igual o inferior a 10 millones de euros.
Existen unos requisitos generales y otros específicos a cumplir para obtener las ayudas
- No ser entidades públicas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
- No podrán tener la condición de beneficiarios de la subvención las personas físicas, ni tampoco las jurídicas, en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Los beneficiarios están sujetos a las obligaciones que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los requisitos específicos los que a continuación indicamos:
- Para la primera línea de actuación: Se ha de obtener o renovar alguna certificación de normas o estándares en materia de responsabilidad social, o bien poner en marcha planes directores que tengan por objeto dicha obtención o renovación, así como la participación efectiva de la entidad en iniciativas, grupos o proyectos que fomenten la responsabilidad social, dentro del período subvencionable.
- Para la segunda línea de actuación: El beneficiario deberá formalizar, al menos, un acuerdo de flexibilidad horaria o teletrabajo con un trabajador vinculado a la empresa, o contratar personal nuevo en la modalidad de teletrabajo.
- La jornada será, al menos, el 75 por 100 de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
- Los acuerdos de teletrabajo y flexibilidad tendrán un periodo mínimo de vigencia de un año y su contenido respetará las disposiciones legales existentes y mejorará las condiciones reguladas en los convenios colectivos vigentes.
- La compra de equipamiento electrónico, cuando sea necesario para realizar el teletrabajo, se vinculará a los acuerdos de teletrabajo.
Si está interesado dejamos el siguiente enlace para que pueda conocer la documentación a presentar para acceder a las subvenciones
Si necesita asesoramiento para obtener o renovar las certificaciones de normas o estándares en el ámbito de la responsabilidad social, como por ejemplo la Norma SA 8000, la Certificación SG21, EFR (conciliación) consúltenos.
Fuente: Gobierno de la Comunidad de Madrid
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